Costa Rica es uno de los pocos países de la región donde un extranjero puede ser dueño de propiedad titulada con exactamente los mismos derechos que un ciudadano: sin residencia, sin socio local, sin fideicomiso. Esta guía explica cómo funciona realmente el proceso, cuánto cuesta y dónde suelen meterse en problemas los compradores.
Propiedad extranjera de tierra titulada
Plazo típico de cierre
Costos de cierre combinados
Residencia requerida
- 1Confirme que la propiedad es titulada (dominio pleno), no concesión
- 2Haga una oferta escrita y firme una opción de compraventa
- 3Realice la debida diligencia legal en el Registro Nacional
- 4Cierre ante notario público y registre el traspaso
- 5Organice las obligaciones anuales: impuestos, sociedad, servicios
Paso 1 — Confirme qué tipo de terreno es
La mayoría de la propiedad interior y de colina en Guanacaste es tierra titulada en dominio pleno, inscrita en el Registro Nacional. Dentro de los primeros 200 metros desde la pleamar, la mayoría es concesión de Zona Marítimo-Terrestre: se arriendan derechos a la municipalidad, los extranjeros tienen límites de participación y el financiamiento es más difícil. Ninguna es mala, pero son productos distintos con perfiles de riesgo distintos.
Paso 2 — Oferta y opción de compraventa
Las ofertas se formalizan normalmente en una Opción de Compraventa bilingüe con un depósito del 5–10% en custodia (escrow). Costa Rica tiene empresas de escrow reguladas por SUGEF: use una, y nunca envíe depósitos a una cuenta personal.
Paso 3 — Debida diligencia en el Registro Nacional
Su abogado obtiene el estudio de registro: historial del título, gravámenes, hipotecas, servidumbres y anotaciones, todo del Registro Nacional centralizado. También debe verificar cartas de disponibilidad de agua, uso de suelo e impuestos municipales. Esta fase suele tomar de dos a tres semanas.
Paso 4 — Cierre y registro
Los cierres se realizan ante un notario público, que en Costa Rica debe ser también abogado y ostenta fe pública. El notario redacta la escritura de traspaso, desembolsa el escrow y presenta el traspaso al registro. La inscripción hace su propiedad oponible frente a terceros.
| Rubro | Monto típico |
|---|---|
| Impuesto de traspaso | 1.5% del valor fiscal |
| Timbres y tasas de registro | ≈ 0.85% |
| Honorarios notariales/legales | 1.0–1.5% |
| Servicio de escrow | 0.25–0.5% |
Paso 5 — Después del cierre
La mayoría de los inversionistas mantiene la propiedad en una sociedad costarricense (S.A. o S.R.L.) por responsabilidad y flexibilidad sucesoria. Las obligaciones anuales son ligeras: impuesto de bienes inmuebles del 0.25%, el impuesto a sociedades y el impuesto a casas de lujo solo por encima de ~$250K de valor de construcción.
¿Necesito estar en Costa Rica para cerrar?
No. Un poder especial permite que su abogado cierre en su nombre, y los desembolsos de escrow se manejan a distancia. Muchos de nuestros clientes cierran sin un solo viaje — aunque recomendamos caminar el terreno al menos una vez.
¿Puedo obtener seguro de título?
Sí. Aseguradoras internacionales emiten pólizas de título para propiedad de dominio pleno en Costa Rica, y los prestamistas locales normalmente lo exigen.
¿Hay financiamiento para extranjeros?
El financiamiento bancario local para no residentes es limitado y caro. La mayoría de los compradores extranjeros paga de contado, usa crédito sobre el valor de su casa en su país o negocia financiamiento del vendedor.
Actualizado 24 de junio de 2026

